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Construcción de triciclo eléctrico

Sobre la construcción casera de un triciclo eléctrico , la cosa no es fácil. Para empezar las bicicletas eléctricas no pueden tener un motor superior a 250W, Si pone un motor superior se convierte en un ciclomotor, con todas las consecuencias que ello acarrea, entre otras, que necesita de homologación y permiso de circulación.
Para esa construcción casera las normas a aplicar son dos esencialmente Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826 y el Real Decreto 339/2014, sobre comercialización y puesta en servicio de bicicletas y otros ciclos
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-5399.
Uno puede fabricar su propio triciclo (art. 4.f del Real Decreto), pero debe cumplir con los requisitos que en ellos se establecen. Sobre todo lo dispuesto en el RD 339/2014, art. 3, Anexo I, III, V y, al tratarse de un triciclo, también el Anexo VI.
El triciclo no necesita ser previamente homologado, pero sí debe constar un documento que declara que cumple con todos los requisitos que exige el Real Decreto. Ese documento se llama «Declaración de conformidad» y su contenido se puede ver en el Anexo I.
Según el art. 4.1 del Real Decreto, ése es el documento que se debe llevar consigo por si lo pide cualquier autoridad competente. También se debe realizar un «Expediente técnico» de vehículo (art. 4.2 del Real Decreto), cuyo contenido se menciona en los Anexos III y siguientes. Este Expediente técnico no es necesario llevarlo encima, pero, si lo piden, debe presentarse «en un tiempo razonable», según el art. 4.2.

Cuando se compren los componentes, hay que asegurarse de que en su documentación se menciona que cumplen con las normas armonizadas de referencia, sobre todo la mencionada en el Anexo IV UNE-EN 15194:2009. Ciclos. Ciclos con asistencia eléctrica. Bicicletas EPAC. Su declaración de conformidad y el expediente técnico se tendrán que basar sobre todo en que los componentes del triciclo vienen con un papel que certifica el cumplimiento de esas normas armonizadas. En aquello que se haya hecho artesanalmente, se debe declarar que cumple con los requisitos que demanda el Anexo VI para ciclos de más de dos ruedas.

2 comentarios sobre “Construcción de triciclo eléctrico

  1. Hola, muy buenos días.

    Quisiera construirme una bicicleta eléctrica con pedaleo asistido, equipada con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W, cuya potencia disminuye progresivamente y que finalmente se interrumpe antes de que la velocidad alcance los 25 km/h o si dejo de pedalear.
    Voy a incorporarle en el eje pedalier el motor anteriormente descrito a una bici normal con cambios.
    ¿Qe documentos le tendría qaue pedir a la empresa que me suministra dicho motor, para que no tenga problemas legales?, ¿puedo circular por la vía pública con este EPAC únicamnete con mi DNI, si el motor no esta identificado con el marcado de conformidad CE? y ¿si el motor que me manden no trae los datos de potencia del mismo, tendría que presentar algún documento técnico que me tenga que expedir el fabricante del motor para corroborarlo?

    Sin otro particular recdiban un cordial saludo y muchas gracdias de antemano.

    Atentamente

    Dani

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    1. Hay un comentario en el blog, de 23 de noviembre de 2019 al respecto.
      En síntesis,Las bicicletas y triciclos a pedales (con o sin asistencia al pedaleo) no necesitan homologación si cumplen las características de ciclos EPAC. (Real Decreto 339/2014)https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-5399. Debes tener los documentos de los componentes de la bicicleta, ya que están obligados los vendedores a suministrarlos. En cuanto al motor y al control electrónico, es importante que señale en su documentación las características, sobre todo corte de energía al alcanzar 25 Km/h y que no sebrepasa los 250 W, así como ausencia de acelerador, ya que es de asistencia al pedaleo, no de sustitución del pedaleo.

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